¿Conoces la Ley que respalda tu Carrera en CDMX? Todo sobre el Artículo 5° Constitucional
Artículo 5° Constitucional
Este artículo está relacionado al plan de estudios de la asignatura Legislación en Enfermería; correspondiente a la Carrera de Licenciatura de Enfermería; Quinto Semestre; Unidad 2; Universidad Nacional Autónoma de México; Escuela Nacional de Enfermería y Obstetricia.
¿Sabías que el marco legal más reciente en la Ciudad de México define los límites y oportunidades de tu ejercicio profesional como enfermera/o?
Entender la Ley Reglamentaria del artículo 5° constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en CDMX no solo es un requisito, sino tu mejor herramienta para asegurar calidad y reconocimiento.
En este artículo, dirigido a estudiantes de enfermería de la Ciudad de México, exploraremos de manera técnica pero clara:
Origen y propósito de la Ley.
Requisitos formales para ejercer legalmente.
Obligaciones y sanciones.
Implicaciones prácticas para la enfermería.
Acompáñame en este recorrido curioso, con datos útiles y un toque de humor inteligente.
1. Contexto y propósito de la Ley
La Ley reglamentaria del artículo 5° constitucional en CDMX se creó para:
Garantizar que todos los profesionales cuenten con título y cédula vigentes.
Proteger a la sociedad de prácticas no autorizadas.
Uniformar criterios de regulación en la capital.
¿Por qué esto es clave para enfermería? Porque cada curación, diagnóstico y cuidado que brindas está respaldado por este andamiaje legal. Sin él, tu labor carecería de validez oficial.
2. Requisitos formales para el ejercicio profesional
La Ley establece, en sus artículos centrales, que todo profesional debe:
Poseer título legalizado por la autoridad educativa (art. 3°).
Obtener la cédula profesional emitida por la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de CDMX (SECTI).
Inscribirse en el Registro Único de Profesiones local.
¿Qué implica esto en la práctica?
Validación de estudios: Tus créditos y rezagos deben estar actualizados.
Tramitar tu cédula: En línea o presencial, con costos y plazos específicos.
Renovación periódica: Vigencia de 5 años, prorrogable.
3. Obligaciones y sanciones
La Ley no se queda en trámites; también define responsabilidades y castigos:
Obligaciones:
Ejercer la profesión con ética y secreto profesional (art. 10).
Actualizar conocimientos mediante educación continua.
Sanciones:
Multas de 10 a 50 veces la UMA por ejercicio sin cédula (art. 20).
Suspensión temporal de actividades hasta regularizar documentación.
Importante: El desconocimiento no exime de sanción. ¡Vale más prevenir que lamentar!
4. Implicaciones prácticas para enfermería
4.1 Seguridad del paciente
El registro y la cédula garantizan que quien atiende cumple estándares de formación, reduciendo riesgos.
4.2 Credibilidad profesional
Un enfermero con cédula actualizada gana confianza de colegas, pacientes y empleadores.
4.3 Apertura de oportunidades
Hospitales, clínicas y organismos exigen documentación en regla. Sin ella, podrías perder plazas o certificaciones internacionales.
Cuadro explicativo: Síntesis gráfica
Aspecto | Contenido clave | Autoridad |
---|---|---|
Objeto de la Ley | Reglamentar el artículo 5° para supervisar el ejercicio profesional en CDMX | Congreso CDMX |
Título legal | Título universitario legalizado | SECTI |
Cédula profesional | Emisión y registro en el Sistema de Profesiones de CDMX | Dirección General de Profesiones CDMX |
Registro Único | Inscripción obligatoria para ejercer | SECTI |
Ética y secreto | Cumplimiento estricto del código de ética y confidencialidad | Autoridad sanitaria y de educación local |
Sanciones | Multas (10–50 UMA), suspensión temporal, cierre de prácticas irregulares | SECTI / Órgano de vigilancia administrativa |
Conclusión
Dominar los detalles de esta Ley te empodera. No se trata solo de cumplir un requisito, sino de consolidar tu reputación y garantizar la seguridad de quienes confían en tu cuidado.
Al comprender cada artículo y su aplicación, te conviertes en agente activo de tu profesión y en garante de la salud pública.
Reflexión
Si el marco legal es la base, ¿Cómo innovarías tú dentro de sus límites para elevar aún más la calidad del cuidado de enfermería en CDMX?
Información del autor
- Lorena Plazas. Lic. en enfermería. Trabajo propio.
Fuentes consultadas
- Plan de Estudios de la Licenciatura de Enfermeria; Clave 2238; Tomo II Programas Académicos Acuerdo N0 661/15.06.2022; Universidad Nacional Autónoma de México; Escuela Nacional de Enfermería y Obstetricia.
Última actualización: [27/05/2025]